Ir al contenido
Inicio » Retenciones, destrucción y multas: Todos los detalles de la prohibición de escapes ruidosos en Huinca

Retenciones, destrucción y multas: Todos los detalles de la prohibición de escapes ruidosos en Huinca

Compartir:

El Concejo Deliberante local aprobó por unanimidad la Ordenanza presentada por el Bloque Cambiemos que prevé retención, multas y hasta destrucción de los escapes adulterados. La normativa comienza a regir en noviembre de 2023.

En la última sesión de Concejo los ediles continuaron con el debate de la Ordenanza 1750/23 por la cual se pretende regular la problemática de los escapes ruidoso en vehículos, situación que en más de una oportunidad es reclamo de parte de los vecinos.


 

De esta manera la normativa fue aprobada por unanimidad y entre sus argumentos señala, “atendiendo el reclamo elevado por los ciudadanos y entendiendo que la problemática es de interés público, ya que los rudos ocasionados por los vehículos que utilizan escapes libres no autorizados por la Ley Nacional de Transito 24,449 generan malestar y contaminación auditiva. Es menester poner freno a la circulación de automotores, motos con caños de escapes abiertos o modificados mediante la colocación de los llamados expansivos u otros dispositivos sonoros utilizados para emitir ruidos fuertes y molestos hacia la comunidad”.

En la normativa se hace mención además a un importante crecimiento del parque automotor en la ciudad y que en muchas ocasiones se suman las ofertas en materia de agregados que distorsionan los sonidos originales de la moto que normalmente y en forma obligatoria vienen con un silenciador incorporado.

 Por otro lado los Ediles coincidieron en que este tipo de ruidos molestos ocasiones perjuicios a niños, ancianos, personas con trastornos del espectro autista con síndrome de Asperger, a los animales domésticos y la ciudadanía en general.  También coincidieron en que este tipo de escapes no autorizados generan, por lo general en los jóvenes una estimulación en la conducción imprudente, creando así un peligro para el tránsito.

La normativa también se basa en las estadísticas del Área de Transito Municipal ya que según consta se han verificado en más de una oportunidad, generalmente en controles de tránsito, la falta de silenciador, su adulteración y colocación de diferentes dispositivos en los vehículos, en contravención a las normas vigentes.

Sanciones:

La Ordenanza prevé entre las sanaciones una serie de medidas en primer lugar se prohíbela circulación dentro del ejido urbano de automóviles, motos y vehículos de gran porte, con caño de escape abierto, o modificado mediante la colocación de escapes libres, sin silenciador, adulterados de alguna manera y/o con los llamados “sistemas expansivos”. De incumplir esta norma el infractor será sancionado con retención del vehículo y decomiso del escape adulterado para su posterior destrucción. “Solo se podrá restituir el rodado, con la presentación y colocación del escape original o genérica que se ajuste a la norma, por parte del infractor y el pago de guarda o multa, según corresponda.

Cabe agregar que la autoridad de aplicación es la Dirección de Tránsito Municipal que debe dar parte de las actuaciones al Juzgado de Faltas a fines de determinar la procedencia del decomiso del escape. El Juez de faltas podrá ordenar después la destrucción del escape según corresponda.

Compartir: