El hombre debe cuotas alimentarias de sus hijos desde agosto de 2021 y el Juez, por pedido de las abogadas que representan a la damnificada, ordenó el embargo de bienes que se encuentran en el domicilio donde este reside junto a su madre..
El Dr. Lucas Funes Juez en lo Civil y Comercial de Huinca Renancó, emitió hoy un oficio que se cumplimentó en horas de la tarde de este viernes en un domicilio de la Ciudad para trabar embargo sobre bienes muebles en relación a un incumplimiento de cuotas alimentarias por una suma que asciende a unos 847.000 pesos.
Este medio confirmó a través de las letradas actuantes, la Dra. Silvana Fernandez, y la Dra. Jesica Zeballos, que la notificación sobre el embargo de bienes se realizó a la parte demandada en la tarde de este viernes a través del la Oficial de Justicia.
Paradójicamente la demanda fue iniciada en marzo de 2021por el progenitor en base a un régimen comunicacional con sus hijos, pero más adelante la madre inicia una contrademanda ya que el padre incumple con las cuotas alimentarias desde agosto de 2021 que son alimentos provisorios que reguló el Tribunal correspondientes al 100% de un salario mínimo vital y móvil.
Cabe agregar que para casos de padres incumplidores según la Justicia ni la insuficiencia de ingresos ni su carencia relevan al alimentante de su obligación respecto de sus hijos, pues se encuentra constreñido a trabajar de manera de procurarse recursos necesarios con el objeto de satisfacer los derechos derivados de la responsabilidad parental.
En síntesis los padres no pueden excusarse de cumplir con la obligación alimentaria invocando la falta de trabajo o de ingresos suficientes cuando ello no se debe a dificultades insalvables demostradas en el curso del proceso.
I. Castro